Ayuntamiento de Fuensalida

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¿Cómo facturar electrónicamente al Ayuntamiento de Fuensalida?

Toda persona jurídica está obligada a facturar electrónicamente al Ayuntamiento de Fuensalida por medio de FACe. Para ello lo primero que hay que saber es que necesitamos obligatoriamente el certificado digital del emisor de la factura.

Presentación telemática a través de FACe.

Antes de empezar debemos tener en nuestro ordenador el certificado digital del emisor de la factura, ya sea sociedad, persona física, etc.

Debemos disponer también de un programa informático que sea capaz de generar facturas electrónicas en formato Facturae 3.2. La mayor parte de programas comerciales de facturación disponen de esta opción y deberemos seguir sus manuales para generar la factura.

Si no disponemos de ningún programa específico de facturación tienen a su disposición de forma gratuita el programa Facturae. Igualmente deberá seguir los manuales de Facturae para la realización de la factura.

Para poder realizar la factura electrónica en formato Facturae va a necesitar los siguientes códigos (DIR3) del Ayuntamiento.

Estos códigos y los de cualquier administración adherida a FACe los puede encontrar en https://face.gob.es/es/directorio/administraciones

Si la factura la estamos realizando con Facturae hay 2 formas para enviarla, la primera es guardar la factura generada por Facturae en una carpeta del ordenador, entrar en FACe con nuestro certificado y adjuntar la factura (será un fichero .xsig). También nos padirán un correo electrónico que se utilizará para informar de cambios de estado en la factura.

La segunda forma es darnos de alta en FACe como proveedor y configurar Facturae con nuestros datos de la empresa, una vez hecho esto podremos dar a "enviar" dentro de Facturae y la factura se enviará automáticamente al Ayuntamiento gracias a los códigos que hemos introducido en la factura. Manual externo de cómo realizar este punto

Si la factura no se ha realizado con Facturae el proceso de envío puede variar dependiendo de la aplicación. Una opción sería guardar la factura en un fichero .xsig y luego entrar en FACe para enviarla. También puede ser que la aplicación disponga de algún método de envío alternativo.

Posteriormente podremos consulta el estado de la factura, es decir, si ya la ha procesado el Ayuntamiento, si está pagada, etc.

¿Quién tiene la obligación de facturar electrónicamente al Ayuntamiento de Fuensalida?

  • Sociedades anónimas;
  • Sociedades de responsabilidad limitada;
  • Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española;
  • Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establece la normativa tributaria;
  • Uniones temporales de empresas;
  • Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de garantía de inversiones.

¿Quién puede facturar electrónicamente al Ayuntamiento de Fuensalida?

Cualquier proveedor que tenga que facturar al Ayuntamiento de Fuensalida lo podrá hacer de forma electrónica, es decir, los casos de la pregunta anterior están obligados pero el resto de proveedores también pueden aprovecharse de este servicio.

Más información de cómo facturar a las administraciones públicas

Web FACe

Web Facturae